Plazo ordinario de matrícula.

El plazo improrrogable de matrícula será del 1 al 10 de julio, ambos inclusive.

Deberá matricularse:

  • Todo el alumnado de las Enseñanzas Básicas

  • El alumnado de 4º de las Enseñanzas Básicas que haya obtenido plaza en 1º de E. Profesionales y el alumnado de las Enseñanzas Profesionales deberá matricularse en los Conservatorios Profesionales de Música "Manuel Carra" o "Gonzalo Martín Tenllado", de Málaga.

Plazo extraordinario de matrícula:

1º.- En el primer curso de las enseñanzas básicas de música, el alumnado que tras la primera adjudicación haya obtenido plaza en el instrumento solicitado en primer lugar está obligado a formalizar la matrícula en el plazo ordinario de matrícula.

El alumnado que no haya obtenido plaza en el instrumento solicitado en primer lugar podrá optar durante el plazo ordinario de matrícula entre:

  • Formalizar la matrícula en el instrumento adjudicado.

  • Realizar reserva de plaza en el instrumento adjudicado, utilizando el modelo normalizado (anexo V), en espera de obtener otro más favorable en la segunda adjudicación.

Para el alumnado que obtenga plaza en la segunda adjudicación, el conservatorio establecerá un plazo de matrícula que concluirá dos días hábiles después de la publicación de la relación de personas admitidas tras la segunda adjudicación.

2º.- Para el alumnado que realice pruebas de acceso a cursos diferente de primero de Enseñanzas Básicas en el mes de septiembre, el conservatorio establecerá un plazo de matrícula que concluirá dos días hábiles después de la publicación de la Resolución de Admisión.

Tasas y Becas

1º.- El alumnado deberá abonar las tasas de matrícula una sola vez al año.

2º.- Las familias numerosas de categoría normal pagarán la mitad de las tasas mientras que las de categoría especial estarán exentas en su totalidad del pago de tasas de matrícula. Para la exención parcial o total de las tasas deberá acreditarse estar en posesión del título de familia numerosa correspondiente.

3º.- Al alumnado que, habiendo pagado las tasas de matrícula, se le convalide posteriormente alguna asignatura o asignaturas, podrá realizar la solicitud de devolución de las tasas correspondientes. (Consulta el apartado Información).

4º. -En las enseñanzas básicas NO se conceden becas.

Normativa de referencia: